En base a la resolución del Comité de Competición tras el partido de vuelta de las semifinales de la Copa Masculina en la que se imponía una sanción de 4 partidos a los jugadores de Fénix San Lorenzo, Manuel Ortega, Rubén Martín y Miguel Senra, el club decidió recurrir las sanciones de los dos primeros en base a un desafortunado e incompleto inforne arbitral.
Recibida respuesta ayer mismo, el Comité de Apelación dice:
1º.-‐ ESTIMAR EN PARTE DICHO RECURSO, Y REBAJAR LA SANCIÓN DE AMBOS JUGADORES A LA CATEGORÍA DE “LEVE 2″, ATENDIÉNDO EL ARREPENTIMIENTO DEMOSTRADO POR ESCRITO DE AMBOS JUGADORES.
2º.-‐ APLICARLES LA SANCIÓN TIPIFICADA EN EL ARTÍCULO 34 DEL REGLAMENTO DE DISCIPLINA DEPORTIVA, PUNTO II, IMPONIÉNDOLES LA SANCIÓN DE DOS PARTIDOS A CADA JUGADOR.
3º.-‐ ESTA RESOLUCIÓN ES FIRME E INAPELABLE, Y CONTRA LA MISMA NO CABE RECURSO NI ESCRITO ALGUNO.